Existe la idea de que el testamento es un asunto de la vejez. En la práctica ocurre lo contrario: quienes lo otorgan jóvenes suelen tener menos bienes, menos complicaciones y, por lo tanto, un instrumento más sencillo y económico.
Sin testamento, la ley decide por ti. La sucesión intestamentaria sigue un orden rígido de parientes que no siempre coincide con lo que hubieras querido, y obliga a los herederos a un procedimiento que puede durar meses o años.
Con testamento, en cambio, la sucesión puede tramitarse ante notario cuando los herederos son mayores de edad y están de acuerdo. El ahorro de tiempo, dinero y desgaste familiar es difícil de exagerar.
El testamento público abierto se otorga ante tres testigos y en dos citas: en la primera el notario conversa a solas con el testador sobre su voluntad, y en la segunda se lee el borrador, se corrige y se firma. Puede modificarse cuantas veces quieras, porque el testamento posterior revoca al anterior. No es una decisión definitiva: es una decisión tomada a tiempo.

